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Cómo actúa

Para que las tecnologías que aprovechan las energías renovables avancen, el CTAER actúa de la siguiente forma:

  • Estudia en qué hay que investigar para mejorar y pone en marcha proyectos de I+D+i, desde la idea hasta su finalización. Dirige proyectos de ámbito local, europeo e internacional.
  • Proyecta, construye y pone en servicio innovadoras infraestructuras y/o equipamientos de investigación, donde llevar a cabo proyectos propios o ajenos.
  • Gestiona el conocimiento generado mediante la realización de Estudios y Patentes
  • Promueve la transferencia tecnológica para su aplicación en el ámbito comercial
  • Toma la iniciativa en nuevos campos de formación, mediante cursos de especialización o post grados (Masteres)
  • Ofrece servicios avanzados (análisis físico-químicos de biomasas, diseño de centrales solares,  asistencia tecnológica a empresas del sector, asesoramiento, y etc.).

 


Beneficios de trabajar con la Fundación CTAER:

La Fundación CTAER es una organización sin ánimo de lucro cuyo fin fundacional es la investigación en las tecnologías que aprovechan las energías renovables para su avance e implantación en la sociedad. Colaborar con este gran proyecto que es el CTAER es participar, de manera activa y práctica, en la búsqueda de soluciones  a un importante problema al que se enfrenta la sociedad mundial, como es, el agotamiento y la carestía de los recursos energéticos fósiles (petróleo, gas, carbón) y minerales (uranio),  y por consiguiente, la necesidad de cambio real hacia sistemas energéticos sostenibles. Además, colaborar con la entidad CTAER tiene ventajas añadidas:

►  Agilidad en la gestión.  La entidad CTAER puede realizar con agilidad las gestiones que permiten el progreso de los proyectos, pues tan solo hay que pedir autorización al Patronato formado por entidades privadas y públicas especialistas en estas cuestiones y muy conscientes de la necesidad de ser eficientes. 

►  Beneficio fiscal. Las empresas o entidades que decidan contratar, hacer una donación o colaborar con la Fundación pueden obtener interesantes ventajas:

o   Contratación: Una deducción del 10 al 12% del Impuesto de Sociedades por inversión en actividades de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica.

o   Donación:  Si es Persona física la deducción es del 25% del valor donado en su cuota íntegra del IRPF o IRNR (Impuesto de la Renta de No Residentes); Si es Persona jurídica, la deducción es del 35% del valor donado en su cuota íntegra del IS).

o   Convenios de colaboración: El importe de la ayuda por colaboración tiene la consideración de Gasto Deducible en la liquidación de impuesto de Sociedades.

 

►  Profesionales con vocación. En cuanto al personal que trabaja en el centro, en todas sus facetas, tienen una gran vocación por las tareas que desempeñan y, como consecuencia, hacen un trabajo ejemplar, de calidad.

 

Referencias legales:

(1) Las deducciones del Impuesto sobre Sociedades están estipuladas en el artículo 35 del Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades.

(2) Los incentivos fiscales al mecenazgo se regulan en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre de régimen fiscal de entidades sin ánimo de lucro


Memoria de actividades 2008-2012

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